COSA JUZGADA

Es el estado procesal de un litigio, que ya ha sido resuelto por todas las instancias procesales y que por lo mismo, no puede nuevamente ser visto por los tribunales. La cosa juzgada permite la acción de cumplimiento incidental o la demanda ejecutiva.

Además, permite como excepción que se invoque para enervar o dar término a una causa en que se pretende discutir la misma situación ya resuelta por los tribunales. Es un derecho ganado por las partes, que ya no se puede discutir.


[Portada]  [Anterior]  [Siguiente]

Diccionario Jurídico Chileno - Derechos Reservados ® 2001 INFOIUS Ltda.