¿Que es una Querella? URGENCIAS JUDICIALES - Derechos Reservados ® 2001 INFOIUS S.A.
Es una acción judicial intentada en su contra, por que se le estima responsable de la comisión
de algún hecho delictual, sea de acción pública o de acción privada.
La querella tiene por objeto hacer que usted cumpla en la cárcel, la infracción penal que
ha cometido, y responda con sus bienes de los daños causados.
La querella no se notifica como la demanda civil, sino que una vez que se ha dictado la
acusación penal, se notifica de ella al acusado de los cargos penales y de la eventual acción civil indemnizatoria. El juicio penal actualmente es secreto en la etapa de sumario.
Una vez que se ha deducido la querella el tribunal ordena una investigación a la Policía
de Investigaciones o a Carabineros y todo el proceso se puede hacer sin que que afectado se entere, hasta que se dictan resoluciones en su contra.
El querellado sólo puede deducir que se encuentra en ese estado procesal, cuando ha recibido
una citación para ir a declarar a una unidad de Policía, o al tribunal. Mayor sorpresa es cuando se le toma detenido y llevado a una unidad de Policía o al Tribunal. Ahi recién toma conocimiento de la existencia de la querella.
Pero es posible que Ud sepa de los elementos que podrían configurar una eventual querella,
por eso, es preferible que prevea la situación poniéndola en conocimiento de un abogado para que prepare la defensa de su caso.
No se olvide que esa defensa la podemos asumir nosotros perfectamente bien y con las garantías
señaladas antes.
Tenga en cuenta que la información contenida en esta página, está conforme al Código de Procedimiento Penal vigente en la mayoría del territorio nacional, pero que la dictación del Código Procesal Penal, vigente sólo en la 4a y 9a Región, se irá aplicando paulatinamente en todo el país y éste cambia drásticamente el procedimiento penal chileno cambiará radicalmente.
Lo primero que Ud, debe hacer, es designar un abogado patrocinante y un apoderado en el juicio penal de que se trata y relatarle a éste en forma verídica los hechos por los que existe la querella en su contra.
El relato a su abogado de los verdaderos hechos, es esencial, ya que cada delito, tiene diferente
forma de comisión y circunstancias y podría ser que un hecho que Ud, no cree importante, podría tener mucha relevancia, ya sea para condenar ya sea cambiar la calificación del hecho e incluso para absolver.
Así podría ser que un hecho determinará que Ud, cometió un delito, pero otro hecho señalara que Ud, no tiene responsabilidad por él. Su apoderado tratará de obtener conocimiento del sumario para organizar la defensa penal. Con la información que Ud, le haya confiado y con la que él
obtenga de la lectura del sumario, se organiza la defensa tanto penal como civil.
Es importante que Ud, tenga abogado lo más luego posible e intente acceder al sumario, ya que de esta forma se podrá no sólo organizar la defensa, sino que desde ya se pueden ir allegando antecedentes en su favor, en el proceso. La parte fundamental de la defensa penal, está dada por la contestación de la acusación y por la contestación de la demanda civil. Tenga en cuenta que el plazo es extremadamente breve y por lo mismo necesario tener conocimiento previo de ello, antes de la notificación de la acusación.
Tenga presente aquí, lo dicho sobre la libertad provisional.
Le ofrecemos una asesoría mas profunda, sí nos envía una relación de los hechos que Ud, sepa por fax, o un breve relato por e_mail sobre lo que Ud, cree puede ser el motivo de la querella y le haremos un informe escrito.
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