UNIVERSALIDAD JURIDICA

Se entiende por universalidad jurídica aquello que es independiente de los bienes, derechos y obligaciones que conforman el patrimonio, y que hace posible que dichos bienes puedan intercambiarse o subrogarse uno por otro sin perder la unidad.


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Diccionario Jurídico Chileno - Derechos Reservados ® 2001 INFOIUS Ltda.